viernes, 14 de octubre de 2011

que es el tlc

QUE EL TLC:

El tratado dr libre de comerxcio es un conjunto de raglas que los paises acuerdan para vender y comprar productos y servicios en America del norte.
Se llama "zona de libre comercio", porque las reglas que se disponen definen cómo y cuándo  se eliminarán  las barreras arancelarias para conseguir el libre paso de los productos y servicios entre las naciones participantes; esto es, cómo y cuándo se eliminarán los permisos, las cuotas y las licencias, y particularmente las tarifas y los aranceles, siendo éste uno de los principales objetivos del Tratado. Además el TLC propugna la existencia de "condiciones de justa competencia" entre las naciones participantes y ofrece no sólo proteger sino también velar por el cumplimiento de los derechos de propiedad intelectual.
El TLC se basa en principios fundamentales de ransparencia, y de tratamiento como nación más favorecida, todo ello un compromiso firme para la facilidad del movimiento de los bienes y servicios a través de las fronteras, ofrecer la protección y vigilancia adecuadas que garanticen el cumplimiento de los derechos de intelectual; adoptar los procedimientos internos efectivos que permitan la aplicación e implementación del Tratado, establecer una regla de interpretación que exija la aplicación del TLC entre sus miembros y según los principios del derecho internacional.
El TLC permite que cualquier país o grupo de países trate de incorporarse a él, en los términos y condiciones convenidos por la Comisión de Libre según los procedimientos nacionales de aprobación de cada país. Todo país puede declarar que el Tratado no se aplicará entre ese país y cualquier solicitante. El Tratado prevé que la Comisión establecerá los términos y condiciones de aceptación de cualquier solicitante. La comisión opera según una regla del consenso.
El 04 de diciembre de 1991 se puso en vigencia la Ley de Preferencias Arancelarias Andinas, más conocido por sus siglas en inglés: ATPA. Mediante esta Ley, cuya vigencia caducó el 04 de diciembre de 2001, Estados Unidos buscaba promover en los países andinos actividades alternativas al cultivo de la coca. Los países beneficiados de este acuerdo comercial fueron Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú, y el mecanismo empleado fue la liberación unilateral de los impuestos de importación a los productos provenientes de dichos países.

Dentro de los productos beneficiados con el ATPA se encontraban las exportaciones de flores; cátodos de cobre; pigmento para fabricación de pinturas; metales preciosos; placas de zinc y productos agrícolas no tradicionales. Por otro lado, el acuerdo comercial excluía a exportaciones textiles y confecciones sujetos a cuerdos textiles; calzado (partes, desechables); atún enlatado; petróleo y sus derivados; relojes y sus partes; ron y ciertos azúcares. Asimismo, este beneficio tuvo un plazo de 10 años.

Renovar el ATPA tomo aproximadamente tres años. El texto del nuevo acuerdo comercial se aprobó el 06 de agosto de 2002 con el nombre de Ley de Promoción Comercial Andina y Erradicación de la Droga (ATPADEA) . Este nuevo acuerdo no solo se aplicaría con retroactividad para aquellos importadores estadounidenses que solicitasen el reembolso de los pagos por aranceles, dentro del plazo establecido (180 días a partir de la aprobación de la ley), sino que también serían renovadas las preferencias arancelarias del ATPA, ampliando estos beneficios a otros sectores exportadores de los países participantes.

El ATPDEA renueva las preferencias arancelarias del ATPA desde su momento de vencimiento hasta el 31 de diciembre de 2006. Asimismo, desde el primero de octubre del 2002 se extenderían dichos beneficios a otros productos, como:

¨ Prendas de vestir elaboradas con insumos regionales, hasta por un monto equivalente al 2%, del total de prendas de vestir importadas por los EE.UU. del mundo (en metros cuadrados), incrementándose cada año hasta llegar al 5% en el 2006.


¨ Producción de maquila de prendas de vestir elaboradas con insumos de los EE.UU. A esta exportación no se le aplicará cuota alguna.


¨ Prendas de vestir elaboradas con pelos finos de alpaca, llama y vicuña. Igualmente no se los limitará con mecanismos de cuotas.

¨ Se permitirá un ingreso libre de aranceles, sin limitación de cuota, al atún envasado al vacío en empaques flexibles. Por otro lado, el atún en conserva no recibirá ningún beneficio.